📅 IVA del 10% desde el 1 de diciembre · RDL 29/2026

Tu piso turístico va a pagar IVA. Nosotros lo presentamos por ti.

Desde el 1 de diciembre de 2026, el alquiler de corta estancia tributa al 10%. Te damos de alta, importamos tus reservas de Airbnb y Booking y un equipo de profesionales autorizados por Hacienda presenta tu IVA cada trimestre. Desde 35 €/mes.

Date de alta

Faltan — días y — h para el 1 de diciembre

Tú subes las reservas. Un gestor revisa y presenta.

Presentamos en tu nombrecomo colaborador social de la AEAT
Personas realesrevisan cada declaración, no un chat
< 24 hde respuesta en días laborables
Sin permanenciaen el plan mensual
Calculadora

¿Cuánto IVA te toca?

Pon lo que cobras en un trimestre por tus reservas (lo que paga el huésped por el alojamiento, limpieza incluida).

IVA a ingresar cada trimestre600 €
Base imponible
6.000 €
Lo que cobras al huésped
6.600 €
Lo que te queda
6.000 €

Si repercutes el 10%, no pierdes margen: el IVA lo paga el huésped y tú lo ingresas.

Que lo presente un gestor por 35 €/mes
Cómo funciona

Tú subes las reservas. Nosotros presentamos el IVA.

1

Te registras y firmas

Nos das tus datos y firmas el encargo. Tramitamos tu alta en IVA. Sin certificado digital.

2

Subes tus reservas

Cada trimestre, los archivos de Airbnb o Booking. Te recordamos cuándo.

3

Presentamos tu IVA

Un gestor revisa los datos, presenta tu IVA y te entrega el justificante.

Tu primer trimestre

  1. HoyTe das de alta
  2. Antes del 1 dicAlta en IVA
  3. 1 dicFacturas con 10%
  4. 1-7 eneSubes reservas
  5. 30 eneIVA presentado
Precio

Claro desde el primer día

Mensual

35 €/mes + IVA

Por tu primer piso. Sin permanencia: cancelas cuando quieras.

¿Más pisos?+20 €/mes el segundo+15 €/mes del tercero en adelante
  • Alta en IVA (modelo 036)
  • Importación de Airbnb y Booking
  • Facturas a tus huéspedes
  • Modelo 303 trimestral y 390 anual
  • Revisado y presentado por profesionales autorizados por Hacienda
Elegir mensual
2 meses gratis

Anual

350 €/año + IVA

Un solo pago por tu primer piso. Equivale a 29,17 €/mes. 420 €

¿Más pisos?+200 €/año el segundo+150 €/año del tercero en adelante
  • Todo lo del plan mensual
  • Ahorras 70 € al año en tu primer piso
  • Precio fijo durante todo el año
  • Un pago y te olvidas hasta el año que viene
Elegir anual

Precios más IVA. Renta anual con tus ingresos de alquiler: desde 90 €, opcional. Más de 5 pisos: . Hacienda ya recibe de Airbnb y Booking tus ingresos y tu NIF.

Vengas de donde vengas

Da igual cómo lo lleves hoy

Ya tengo gestor

Pero el piso turístico es "lo raro" y nadie te ha hablado del IVA. Nosotros solo llevamos esto, y lo llevamos bien. Puedes mantener tu gestor para el resto.

Lo hago yo

Renta sí, pero un 303 trimestral con facturas, libros y plazos no es lo mismo. Subes el CSV y te olvidas. Si un día quieres volver a hacerlo tú, te llevas todo.

Nunca lo he declarado

Hacienda ya tiene tus datos de Airbnb y Booking. Mejor regularizarlo contigo al lado que esperar la carta. Sin juicios, con plan.

Sobre nosotros

Un equipo de gestores. Personas, no un chat.

Somos un equipo de profesionales autorizados por Hacienda dedicado a una sola cosa: que el IVA de tu piso turístico esté presentado en plazo y sin errores. Cada declaración la revisa una persona antes de enviarla a Hacienda, y si algo no cuadra te escribimos antes de presentar.

Respuesta en menos de 24 h laborables
Foto de Josep Sornosa
Josep SornosaDirige el equipo

Graduado social y colaborador social de la Agencia Tributaria. Presenta impuestos de particulares y propietarios.

Preguntas

Lo que nos pregunta todo el mundo

¿Esto ya es ley o todavía no?

Sí. Está publicado en el BOE (Real Decreto-ley 29/2026, de 7 de octubre) y en vigor. El IVA del 10% se aplica a las estancias de 30 noches o menos desde el 1 de diciembre de 2026.

¿A quién afecta exactamente?

A quien alquila una vivienda amueblada por estancias de 30 noches o menos y esa vivienda no es su residencia habitual. Da igual que sea un piso o diez, que seas particular o empresa, o que cobres por Airbnb, Booking o directamente.

¿Tener IVA me obliga a darme de alta como autónomo?

No. Ser sujeto pasivo de IVA no implica darse de alta en la Seguridad Social. Si no prestas servicios de hotel (limpieza durante la estancia, recepción, comidas) ni tienes empleados, en tu renta sigue siendo rendimiento de capital inmobiliario, como hasta ahora.

¿Qué tengo que hacer antes del 1 de diciembre?

Darte de alta en IVA con el modelo 036, empezar a emitir facturas con el 10% desde el 1 de diciembre y presentar tu primer modelo 303 (el del cuarto trimestre) antes del 30 de enero de 2027. Nosotros hacemos las tres cosas.

¿Y las reservas que ya tengo cobradas para diciembre?

El decreto no lo aclara y Hacienda todavía no ha dicho nada. Nuestro criterio es documentar la fecha de cada cobro y aplicar la regla general de los pagos anticipados. Lo revisamos contigo caso a caso en el alta.

¿Qué pasa con el IVA de las comisiones de Airbnb y Booking?

Hasta ahora ese IVA se perdía porque tu actividad estaba exenta. Con el alquiler sujeto a IVA pasa a ser deducible: recuperas una parte del coste de las plataformas. Es una de las cosas que compensan el cambio.

¿Qué tengo que firmar? ¿Necesito certificado digital?

Solo una hoja de encargo en el alta, con firma electrónica, que nos autoriza a presentar en tu nombre. Presentamos con nuestro certificado de colaborador social de Hacienda, así que tú no necesitas certificado digital, ni Cl@ve, ni ir a ningún sitio.

¿Y si un trimestre se me olvida subir los datos?

Te avisamos el día 1, y te lo recordamos el 2 y el 5. El 7 es la fecha límite; si no hay nada, te damos 24 horas más. Pasado ese plazo presentamos con la información que tengamos para que no incumplas el plazo legal, y te lo decimos. Lo preferimos a una sanción por no presentar.

¿Qué incluye los 35 €/mes?

Alta en IVA, importación de tus reservas de Airbnb y Booking, facturas a tus huéspedes, modelo 303 cada trimestre, resumen anual (390) y libros registro. Lo revisa y presenta un profesional autorizado por Hacienda. La renta anual la ofrecemos aparte.

¿Hay permanencia?

Con el plan mensual, no: pagas mes a mes y lo dejas cuando quieras. El plan anual se paga una vez al año con dos meses gratis. En los dos casos, si te vas, te entregamos toda tu documentación.

¿Quién me lleva el IVA?

Un equipo de gestores dirigido por Josep Sornosa, graduado social y colaborador social de la Agencia Tributaria. Cada declaración la revisa una persona antes de presentarla, y siempre puedes escribirnos o pedir una llamada.

¿Y si tengo el piso en Canarias, Ceuta o Melilla?

Allí no se aplica el IVA (tienen IGIC e IPSI), así que este decreto no te afecta y de momento no ofrecemos el servicio en esos territorios.

Date de alta

Tu alta en IVA tiene que estar antes del 1 de diciembre

—días
—horas
—min
—seg

Te damos de alta en 5 minutos y nos encargamos de todo desde el primer día.

Desde 35 €/mes · sin permanencia

  • Alta en IVA antes del 1 de diciembre
  • Sin certificado digital
  • Tu primer IVA, presentado por gestores
Darme de alta
Equipo de gestores Colaborador social de la AEAT · respuesta en < 24 h

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